¿Quién se puede asegurar?
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Vehículo tipo automóvil, campero o pickup que le
genere ingresos al asegurado; camiones.
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Que sea de las marcas permitidas por la
compañía.
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Que la matricula esté registrada ante las
autoridades de tránsito.
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Únicamente matriculados en Colombia (no aplica
para vehículos en territorios separados del continente: islas, islotes, cayos,
etc.). Solo para Cúcuta se permite asegurar vehículos con matrícula de
Venezuela.
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Es requisito indispensable que el vehículo
apruebe la inspección de asegurabilidad.
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No se aceptan vehículos: para enseñar a
conducir, publicitarios, de alquiler, en rifa o demostración, salvamentos de
otras compañías, de saneamiento aduanero, pertenecientes a zonas francas, de
placa roja, que circulen dentro de aeropuertos, en proceso de extinción de
dominio, de servicio funerario, ni que presenten alteraciones o diferencias en
sus números de identificación o que los tengan regrabados.
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El mínimo valor del vehículo aceptado es de
$5.000.000 y el máximo $400.000.000 (incluyendo accesorios).
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La antigüedad máxima permitida para el vehículo
es de 20 años.